No. Para que la donación de un bien inmueble sea válida, tiene que hacerse en escritura pública.
La donación es un acto de liberalidad en virtud del cual, una persona titular de un bien lo entrega a otra, que lo acepta, de forma gratuita. Su regulación viene recogida en los artículos 618 y siguientes del Código Civil.
La figura de la donación pretende defender la concepción cultural de que cada uno puede hacer con sus bienes lo que quiera, incluso regalarlos, no obstante, tiene sus requisitos y limirtaciones que, a mi entender, disminuyen su valor como figura jurídica.