Procedimiento Judicial

Recurso de reposición

El recurso de reposición viene regulado en los artículos 451 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se puede interponer recurso de reposición contra: las Diligencias de Ordenación, los Decretos no definitivos (resoluciones dictadas por el Secretario Judicial), las Providencias y los Autos no definitivos (resoluciones dictadas por el Tribunal)

El recurso deberá interponerse en el plazo de cinco días hábiles (no naturales) desde la notificación de la resolución que se pretende recurrir y ante el mismo Juzgado que la dictó.

Seguir leyendo

Impago de la pensión de alimentos

Para reclamar la pensión de alimentos impagada existen dos vías, la civil y la penal.

En caso de incumplimiento en el pago de la pensión de alimentos establecida en resolución judicial, el progenitor que debe percibir la pensión puede reclamarla judicialmente. Para ello,  tiene dos vías:

1.- La vía civil (artículos 549 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil)

En este caso y ante el impago de la pensión de alimentos, se interpone demanda ejecutiva contra el progenitor deudor. En dicha demanda se reclaman las pensiones impagadas y se puede solicitar al Juzgado una serie de medidas como son: el embargo de bienes titularidad del deudor y el embargo de su sueldo.

Seguir leyendo

¿Se puede instar la acción de división de la cosa común en un proceso matrimonial?

En Cataluña se puede ejercer la acción de División de la Cosa Común dentro del proceso matrimonial.

Cuando nos encontramos ante una separación judicial o divorcio, lo más habitual es otorgar, al cónyuge que se le concede la guarda y custodia de  los hijos comunes del matrimonio, el uso del domicilio familiar.

Ante esta situación, el cónyuge que no tiene otorgada la guarda y custodia de los hijos se ve obligado a abandonar el domicilio familiar, estando obligado, a su vez, a continuar abonando la cuota hipotecaria del inmueble, así como, todos los impuestos que éste genere. Circunstancia que provoca que se planteen la posibilidad de solicitar a través del Juzgado la división de la cosa común, esto es, la división del inmueble mediante venta a uno de los cónyuges o en subasta pública.

Seguir leyendo